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El Complutense > Sociedad > Los trámites, consultas médicas y servicios públicos de Alcalá tendrán nuevas obligaciones de accesibilidad cognitiva desde enero

Los trámites, consultas médicas y servicios públicos de Alcalá tendrán nuevas obligaciones de accesibilidad cognitiva desde enero

El Complutense por El Complutense
9 de septiembre de 2026
en Sociedad, Actualidad, Salud
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obligaciones de accesibilidad
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  • Las administraciones deberán ofrecer formularios y guías en lectura fácil y adaptar sus trámites electrónicos para facilitar su comprensión.
  • La norma reconoce también apoyos específicos en sanidad, transporte, empleo público, justicia y atención a personas con dificultades cognitivas.
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Los vecinos de Alcalá con dificultades cognitivas tendrán nuevas garantías para relacionarse con administraciones, centros sanitarios y otros servicios a partir del 2 de enero de 2027. El Gobierno ha aprobado el primer reglamento estatal que desarrolla de forma general las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva, con obligaciones destinadas a que información, trámites y servicios puedan comprenderse y utilizarse independientemente de las capacidades cognitivas de cada persona.

Uno de los cambios más directos afectará a las administraciones públicas. Los formularios, solicitudes y guías para completar procedimientos deberán estar disponibles en lectura fácil, mientras las instrucciones sobre páginas web, aplicaciones y seguimiento de expedientes tendrán que incorporar apoyos que faciliten su comprensión. Los trámites electrónicos deberán diseñarse además de forma cognitivamente accesible y el personal de atención deberá recibir formación específica.

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Esto alcanzará también a procedimientos municipales o autonómicos utilizados por residentes de Alcalá. La norma establece además un derecho específico para las personas que acrediten al menos un 33% de discapacidad y discapacidad intelectual: podrán pedir durante un procedimiento administrativo que las fases pendientes se desarrollen con las medidas de accesibilidad cognitiva necesarias y podrán acudir acompañadas por una persona de su elección.

Las obligaciones serán especialmente relevantes en el ámbito sanitario. Las personas que lo necesiten podrán solicitar que la información sobre tratamientos, intervenciones o medicación se facilite en un formato accesible o adaptado elegido por ellas. Los centros sanitarios deberán permitir sistemas alternativos de comunicación y, en urgencias, facilitar que cada persona pueda explicar su problema mediante su medio habitual de comunicación.

El reglamento reconoce además el acompañamiento en la asistencia sanitaria. Una persona con dificultades cognitivas podrá acceder, si así lo desea, acompañada por alguien de confianza a consultas, valoraciones, exploraciones o tratamientos. La excepción aparece cuando los profesionales detecten riesgos vinculados a violencia de género, agresión sexual, amenazas u otras situaciones de peligrosidad relacionadas con el acompañante, casos en los que deberán aplicarse los protocolos correspondientes.

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También habrá efectos sobre el consumo y los servicios abiertos al público. La información comercial básica tendrá que facilitarse en lenguaje sencillo, las hojas de reclamaciones deberán contar con formato de lectura fácil y las cuestiones relacionadas con contratación, consentimiento e instrucciones de uso deberán trasladarse de manera comprensible. La adaptación de la información no podrá suponer un coste adicional para la persona que la necesite.

En transporte, las estaciones, paradas, recorridos, vehículos y avisos deberán avanzar hacia sistemas fáciles de entender, con señalización escrita, sonora o táctil y herramientas de orientación. El cambio no será inmediato en toda la infraestructura: para señales y avisos, el reglamento fija una aplicación progresiva con un plazo máximo de quince años y establece que deben priorizarse las instalaciones con mayor tránsito.

La accesibilidad llegará igualmente a las oposiciones y al empleo público. Las convocatorias deberán disponer de versiones en lectura fácil, especialmente cuando existan plazas reservadas para personas con discapacidad intelectual, y podrán solicitarse versiones cognitivamente accesibles de temarios, pruebas y exámenes cuando la administración proporcione esos materiales. En el ámbito laboral se contemplan además adaptaciones y apoyos razonables para trabajadores con discapacidad intelectual acreditada.

Las futuras obras en espacios públicos introducen otra derivada para municipios como Alcalá. Las condiciones de accesibilidad cognitiva se aplicarán a los espacios urbanizados de nueva construcción y, en los ya existentes, cuando sean renovados. Entre los criterios aparecen la orientación, la localización, la señalización comprensible, los pictogramas, el control de determinados estímulos sensoriales y el acceso de asistentes personales o personas de apoyo.

El Real Decreto fue publicado en el BOE el 3 de septiembre de 2026, pero establece expresamente su entrada en vigor para el 2 de enero de 2027. Los próximos meses servirán por tanto para comprobar cómo el Ayuntamiento, la Comunidad de Madrid y los diferentes prestadores de servicios que operan en Alcalá adaptan procedimientos, información, instalaciones y atención presencial a unas obligaciones que dejan de limitar la accesibilidad únicamente a las barreras físicas.

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