La Comunidad de Madrid pausa las solicitudes para acreditar la experiencia laboral: qué implica para los trabajadores de Alcalá

certificado empresa

Las personas de Alcalá de Henares que pretendan acreditar oficialmente las competencias adquiridas durante su experiencia laboral no pueden presentar por ahora una nueva solicitud ante la Comunidad de Madrid.

La Administración autonómica inició el 16 de julio un periodo transitorio para adaptar el Procedimiento de Acreditación de Competencias Profesionales al nuevo sistema de Formación Profesional.

Durante este proceso permanece suspendida la admisión de nuevas solicitudes. La Comunidad de Madrid indica que la tramitación se reanudará cuando finalice la implantación del nuevo modelo, aunque no ha concretado una fecha.

Esta vía está dirigida a trabajadores que han aprendido una profesión mediante su experiencia o a través de cursos y otras actividades formativas no oficiales, pero no disponen de un título que reconozca esas capacidades.

El procedimiento permite evaluar y acreditar unidades de competencia concretas. Estas acreditaciones pueden acumularse y utilizarse posteriormente para completar un certificado profesional o convalidar determinados módulos de un título de Formación Profesional.

La suspensión afecta a la presentación de nuevos expedientes. Las personas interesadas deben consultar la página oficial antes de iniciar la preparación definitiva de la solicitud para comprobar si la admisión se ha reabierto y si han cambiado los requisitos o formularios.

Entre las condiciones generales publicadas hasta ahora figura residir en la Comunidad de Madrid o trabajar en un centro situado dentro de la región. También se exige cumplir una edad mínima vinculada al nivel de las competencias que se pretenden acreditar.

Para las cualificaciones de nivel 1 se requiere haber cumplido 18 años. En los niveles 2 y 3, la edad mínima establecida es de 20 años en el momento de realizar la inscripción.

La experiencia profesional también debe alcanzar unos mínimos. Para los niveles 2 y 3 se exigen, con carácter general, tres años de experiencia y al menos 2.000 horas trabajadas durante los 15 años anteriores a la solicitud.

En las competencias de nivel 1, el requisito se reduce a dos años de experiencia y un mínimo de 1.000 horas trabajadas. La actividad debe guardar relación directa con las competencias que se quieran acreditar.

Quienes utilicen formación no formal en lugar de experiencia laboral deben justificar normalmente 300 horas durante los diez años anteriores para los niveles 2 y 3. En el nivel 1 se requieren al menos 200 horas.

El proceso se divide en tres fases. La primera es de asesoramiento y sirve para revisar la trayectoria profesional y determinar si existen evidencias suficientes para continuar.

Después se desarrolla la evaluación, en la que profesionales habilitados comprueban las competencias mediante distintos instrumentos y pruebas. Finalmente, la Administración expide la acreditación de las unidades demostradas.

La acreditación no equivale automáticamente a obtener un título completo. Al terminar el procedimiento, la persona evaluadora informa de la formación adicional que sería necesaria para conseguir un certificado profesional o un título de FP.

Mientras permanezca suspendida la admisión, las personas interesadas pueden reunir contratos, certificados de empresa, vida laboral, diplomas de cursos y cualquier documentación relacionada con su experiencia y formación.

También pueden solicitar información en las oficinas de empleo, los centros autonómicos de formación, los centros educativos de Formación Profesional, los centros de Educación de Personas Adultas o a través del teléfono 012.

La Comunidad de Madrid mantiene además el correo procedimientoacreditacion@madrid.org para resolver dudas relacionadas con la acreditación de competencias profesionales.

Antes de presentar una solicitud cuando el servicio vuelva a abrir, será necesario revisar las nuevas instrucciones. La adaptación puede modificar los estándares de competencia, los formularios o la organización del procedimiento.

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