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El Complutense > Actualidad > Entra en vigor el bloqueo de SMS que suplanten nombres de empresas y entidades sin estar registrados

Entra en vigor el bloqueo de SMS que suplanten nombres de empresas y entidades sin estar registrados

El Complutense por El Complutense
16 de septiembre de 2026
en Actualidad, Tecnología
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sms
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  • Los operadores deben impedir desde este 15 de septiembre los mensajes que utilicen alias no inscritos oficialmente.
  • El sistema afecta a SMS, MMS y RCS identificados mediante nombres comerciales, marcas u otros remitentes alfanuméricos.
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Los usuarios de Alcalá de Henares, como los del resto de España, cuentan desde este martes 15 de septiembre con una nueva barrera frente a determinadas modalidades de suplantación mediante mensajes al móvil. Los operadores deben bloquear desde hoy los SMS, MMS y RCS que empleen como remitente un nombre o alias que no figure en el Registro de alias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), así como aquellos que incumplan las restantes condiciones establecidas para utilizar esos identificadores.

La medida afecta a los mensajes en los que, en lugar de aparecer un número de teléfono, el remitente se identifica mediante un nombre formado por letras o caracteres alfanuméricos. Es el sistema empleado habitualmente por bancos, compañías eléctricas, empresas de paquetería, comercios o administraciones para identificar sus comunicaciones. Precisamente esa apariencia reconocible también ha sido utilizada en fraudes de suplantación para hacer creer al destinatario que un mensaje procede de una entidad legítima.

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El Registro de alias gestionado por la CNMC permite vincular esos identificadores con sus titulares y con los proveedores de mensajería autorizados para utilizarlos. Desde este 15 de septiembre deben bloquearse los mensajes que empleen alias no inscritos, los procedentes de proveedores no registrados o aquellos enviados sin la habilitación del titular correspondiente. También existen reglas específicas para determinados mensajes recibidos desde el extranjero, con excepciones vinculadas a usuarios que se encuentren en itinerancia internacional.

La aplicación completa del sistema estaba inicialmente prevista para junio, pero el calendario fue modificado mediante la Orden TDF/558/2026. La CNMC confirmó posteriormente que las obligaciones de bloqueo entrarían plenamente en vigor el 15 de septiembre, después de un periodo destinado a la inscripción de identificadores, la adaptación de los sistemas técnicos de los proveedores y la realización de pruebas antes de comenzar el filtrado obligatorio.

Para los vecinos de Alcalá, el cambio se produce de forma automática y no requiere registrarse ni activar ninguna función en el teléfono. El registro está dirigido a empresas, administraciones y proveedores que utilizan estos identificadores para comunicarse con los usuarios. La CNMC dispone además de una consulta pública para comprobar los alias registrados y conocer qué entidad figura como titular, una herramienta adicional para verificar el origen de determinados mensajes.

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El nuevo filtro pretende dificultar una modalidad concreta de suplantación, pero no convierte automáticamente en seguro cualquier mensaje que llegue al teléfono. Los intentos de fraude pueden utilizar otros métodos distintos de los alias afectados por esta regulación, por lo que sigue siendo necesario comprobar el remitente y evitar facilitar credenciales, datos bancarios o información personal a través de enlaces recibidos en comunicaciones sospechosas.

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