- Los consumidores vulnerables reciben durante 2026 un descuento extraordinario del 42,5%, que alcanza el 57,5% cuando se acredita la condición de vulnerable severo.
- El suministro debe corresponder a la vivienda habitual, estar contratado a nombre de una persona física y acogerse obligatoriamente a la tarifa regulada PVPC.
Los vecinos de Alcalá de Henares que cumplan determinados requisitos económicos o familiares pueden solicitar el bono social eléctrico, un descuento aplicado directamente sobre la factura de la luz que mantiene porcentajes extraordinarios durante todo 2026.
Hasta el próximo 31 de diciembre, la reducción es del 42,5% para los consumidores considerados vulnerables y del 57,5% para quienes entren en la categoría de vulnerable severo.
El primer requisito que debe comprobarse no está relacionado con los ingresos, sino con el contrato de electricidad. El bono social únicamente se aplica sobre el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, conocido como PVPC.
Por tanto, una persona que tenga contratada la electricidad en el mercado libre no puede beneficiarse del descuento mientras mantenga ese contrato. Si cumple el resto de condiciones, puede solicitar el cambio al PVPC con una comercializadora de referencia.
El suministro debe corresponder además a la vivienda habitual del solicitante, el titular del contrato debe ser una persona física y la potencia contratada debe ser igual o inferior a 10 kW.
A partir de ahí existen diferentes vías para obtener la consideración de consumidor vulnerable. Una de ellas está relacionada con la renta de la unidad de convivencia.
Para una persona que vive sola, el límite general se establece en 1,5 veces el IPREM de 14 pagas. El Ministerio sitúa actualmente esa referencia en 12.600 euros anuales.
Cuando viven más personas en el domicilio, el límite aumenta. Se añaden 0,3 veces el IPREM por cada adulto adicional y 0,5 veces por cada menor.
Por ejemplo, una unidad de convivencia compuesta por dos adultos y un menor puede acceder por esta vía con una renta anual igual o inferior a 19.320 euros.
Los límites aumentan además cuando existen determinadas circunstancias especiales. Entre ellas se incluyen una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, ser víctima de violencia de género o terrorismo, una dependencia de grado II o III o formar una familia monoparental con al menos un menor.
No obstante, la renta no es la única puerta de entrada al bono social. También pueden ser considerados consumidores vulnerables quienes tengan título de familia numerosa.
Otra posibilidad corresponde a determinados pensionistas de jubilación o incapacidad permanente que perciban la pensión mínima y no tengan otros ingresos agregados superiores a 500 euros anuales.
También pueden acceder cuando el titular del contrato o algún integrante de la unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, conforme a las condiciones establecidas por la normativa.
Los requisitos son más restrictivos para ser considerado consumidor vulnerable severo, categoría a la que corresponde durante 2026 el descuento del 57,5%.
Con carácter general, la renta debe ser igual o inferior a la mitad del umbral exigido para ser consumidor vulnerable. Existen reglas específicas para familias numerosas, pensionistas y beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.
La solicitud no se presenta ante el Ayuntamiento ni ante la Comunidad de Madrid. Debe dirigirse a una de las comercializadoras de referencia autorizadas para ofrecer la tarifa PVPC.
El interesado puede entregar la documentación mediante los canales habilitados por la compañía correspondiente, que pueden incluir página web, correo electrónico, teléfono u oficinas comerciales.
Entre los documentos habituales figuran el formulario de solicitud, el DNI o NIE del titular y de los miembros de la unidad de convivencia cuando corresponda y el certificado de empadronamiento.
Dependiendo de cada situación también puede ser necesario aportar documentación del Registro Civil, el título de familia numerosa o los certificados que acrediten circunstancias especiales.
La concesión tiene una duración de dos años con carácter general. Cuando se acerca su vencimiento, la comercializadora comprueba si siguen cumpliéndose los requisitos y puede renovar el bono automáticamente.
Existe una excepción relevante para las familias numerosas, cuyo derecho está vinculado también a la vigencia del correspondiente título.
Además del descuento eléctrico, ser beneficiario del bono social a 31 de diciembre permite acceder al bono social térmico del año siguiente. Esta segunda ayuda está destinada a afrontar gastos de calefacción y agua caliente y no requiere una solicitud independiente.
Los vecinos que tengan problemas con la comercializadora o necesiten orientación en materia de consumo disponen también de la Oficina Municipal de Información al Consumidor de Alcalá.
La OMIC se encuentra en la calle Santiago, 3 y presta atención de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas. Puede contactarse mediante el teléfono 91 888 33 00, extensión 6123, o a través del correo consumo@ayto-alcaladehenares.es.
El principal dato temporal que deben tener en cuenta quienes puedan acogerse al bono este año es el 31 de diciembre. Hasta entonces están garantizados los porcentajes extraordinarios del 42,5% y el 57,5%; a partir de 2027 será necesario comprobar nuevamente la normativa vigente.
