- La sentencia cuestiona que los servicios mínimos alcanzaran a 104 empleados cuando en dos huelgas anteriores afectaron a seis y ocho.
- El Ayuntamiento deberá indemnizar con 3.000 euros a CCOO y CGT, aunque la resolución todavía puede ser recurrida.
La Justicia ha anulado los servicios mínimos establecidos por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares durante los paros de trabajadores municipales celebrados el 17 de junio de 2025. Una sentencia dictada el pasado 30 de septiembre estima el recurso presentado por CCOO y CGT y considera insuficiente la justificación utilizada por el Consistorio para determinar el número de empleados que debían permanecer trabajando durante las movilizaciones.
Los paros fueron convocados durante dos horas por la mañana y otras dos por la tarde y afectaban al personal laboral y funcionario del Ayuntamiento y del Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal. Los sindicatos reclamaban entonces medidas frente a la falta de personal que, según denunciaban, afectaba a diferentes servicios municipales y reclamaban nuevas contrataciones para cubrir las necesidades de la plantilla.
El Ayuntamiento fijó unos servicios mínimos que alcanzaron a 104 trabajadores. La sentencia compara esta cifra con dos huelgas municipales anteriores, en las que las medidas afectaron respectivamente a seis y ocho empleados, y concluye que la motivación aportada para justificar la diferencia fue escasa e insuficiente. La resolución anula por este motivo las dos decisiones municipales que establecieron esos servicios mínimos.
El fallo también reconoce una indemnización de 3.000 euros para cada uno de los dos sindicatos que recurrieron las resoluciones, CCOO y CGT. A ello se añaden las costas del procedimiento, con un límite de 1.000 euros para los honorarios de los abogados de cada parte, según recoge la resolución conocida ahora.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida, por lo que el procedimiento judicial todavía podría continuar. El pronunciamiento conocido esta semana resuelve por ahora una de las consecuencias del conflicto laboral que llevó a los trabajadores municipales a movilizarse en 2025, pero no entra a determinar la situación actual de las plantillas ni las necesidades de personal que motivaron aquellos paros.
El fallo adquiere además relevancia en un Ayuntamiento que ha vuelto a registrar conflictos laborales durante 2026. La Brigada Municipal de Limpieza inició este año una huelga indefinida vinculada, entre otras cuestiones, a la externalización de tareas en escuelas infantiles y casas de niños, aunque en aquel conflicto sindicatos y Ayuntamiento sí alcanzaron un acuerdo para fijar unos servicios mínimos equivalentes al 15% de la plantilla de la brigada.
