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El Complutense > Sociedad > El plazo para solicitar las ayudas municipales de autonomía personal termina el 31 de julio

El plazo para solicitar las ayudas municipales de autonomía personal termina el 31 de julio

El Complutense por El Complutense
16 de julio de 2026
en Sociedad
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ayuda a la dependencia
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  • La convocatoria dispone de 65.000 euros para productos de apoyo y adaptaciones destinadas a mayores, dependientes y personas con discapacidad.
  • Los gastos deben haberse realizado y pagado entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de junio de 2026.
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Adaptar una vivienda o adquirir determinados productos de apoyo puede resultar decisivo para que una persona continúe desenvolviéndose con seguridad en su entorno habitual. Las personas mayores, dependientes o con discapacidad que hayan afrontado este tipo de gastos tienen hasta el próximo 31 de julio para solicitar las ayudas municipales destinadas a promover su autonomía personal.

La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 65.000 euros y cubre tanto la adquisición de ayudas técnicas como la realización de adaptaciones permanentes en la vivienda habitual. Su finalidad es reducir las dificultades para realizar actividades básicas de la vida diaria y facilitar la movilidad, la comunicación, la seguridad personal y la participación social.

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Entre las personas que pueden acceder a estas ayudas se encuentran quienes tengan reconocida una situación de dependencia, las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% y los mayores de 75 años. En este último caso, la edad deberá haberse cumplido en el momento de presentar la solicitud.

También será necesario estar empadronado en Alcalá de Henares desde al menos doce meses antes de presentar la documentación y residir de manera efectiva en el municipio. La convocatoria establece, además, límites de renta diferentes en función del número de integrantes de la unidad familiar y de si la persona beneficiaria es adulta o menor de edad.

En las unidades familiares con beneficiarios adultos, los ingresos no podrán superar 3,25 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples —IPREM— cuando se trate de una persona que vive sola, ni cuatro veces el indicador cuando convivan dos o más miembros. Para las familias con menores beneficiarios, el límite se sitúa en 4,25 veces el IPREM en hogares de dos o tres integrantes y en cinco veces el indicador en unidades de cuatro miembros o más. La referencia utilizada para 2026 es un IPREM anual de 8.400 euros en catorce pagas.

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La línea de ayudas técnicas comprende productos destinados a las tareas domésticas, el cuidado y la protección personal, la movilidad, la comunicación y la seguridad. La nueva convocatoria amplía los conceptos que pueden recibir financiación e incorpora, entre otros elementos, sillones elevadores, sistemas de domótica, grifería adaptada y programas informáticos de comunicación accesible.

También pueden incluirse obras o intervenciones definitivas en la vivienda habitual que eliminen obstáculos para la movilidad o mejoren la relación de la persona con su entorno. En estos casos, deberá acreditarse el uso habitual del domicilio y la vinculación de la adaptación con la vivienda en la que reside y está empadronada la persona beneficiaria.

La cuantía máxima asciende a 1.000 euros por beneficiario para la adquisición de ayudas técnicas y a 2.000 euros para las adaptaciones de la vivienda habitual. Solo se admitirán gastos iguales o superiores a 100 euros y cada solicitante podrá pedir financiación para un máximo de tres conceptos, indicando el orden de prioridad entre ellos.

A diferencia de otras subvenciones que se conceden antes de ejecutar una actuación, esta convocatoria exige que el gasto ya se haya realizado y abonado. Las facturas y justificantes de pago deberán corresponder al periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de junio de 2026 y tendrán que presentarse junto con el resto de la documentación.

Las facturas deberán estar emitidas a nombre de la persona beneficiaria o de su representante legal. Cuando figuren a nombre del representante, deberán incluir también la identidad del beneficiario. Los pagos podrán justificarse mediante transferencia bancaria o, dentro del límite legal, mediante recibos que acrediten correctamente el abono en efectivo.

Quienes hayan recibido estas ayudas en convocatorias anteriores podrán volver a solicitarlas para conceptos distintos de los que ya fueron subvencionados. En el caso de productos técnicos, será posible pedir nuevamente financiación para un mismo concepto cuando hayan transcurrido al menos dos convocatorias, aunque estas solicitudes se resolverán al final y estarán condicionadas a que quede crédito disponible.

Las personas que hayan solicitado el reconocimiento de dependencia o discapacidad, pero todavía no hayan recibido la resolución, pueden presentar inicialmente una copia de su solicitud. No obstante, el grado correspondiente deberá estar reconocido antes de que finalice el plazo de presentación de las ayudas.

Las solicitudes pueden formalizarse desde el pasado 13 de marzo y permanecerán abiertas hasta el 31 de julio de 2026. La tramitación se realiza en régimen de concurrencia competitiva, siguiendo el orden de presentación entre quienes cumplan todos los requisitos y hasta que se agote el presupuesto disponible.

La ampliación de los límites de ingresos y la incorporación de soluciones tecnológicas y productos adaptados actualizan una convocatoria centrada en reducir barreras cotidianas. Con el cierre del plazo próximo, las personas que hayan efectuado alguno de los gastos contemplados deberán comprobar cuanto antes los requisitos y reunir las facturas, informes y justificantes necesarios para no quedar fuera del procedimiento.

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