- Este martes termina la subsanación para quienes figuran en el segundo listado de personas requeridas por la Comunidad de Madrid.
- Otros beneficiarios pueden aportar documentación hasta el 14 de octubre y los excluidos recurrir hasta el día 22.
Los jóvenes de Alcalá de Henares que solicitaron el Bono Alquiler Joven deben revisar su expediente porque actualmente coinciden tres procedimientos con fechas diferentes. El más urgente termina este martes 6 de octubre y afecta a las personas incluidas en el segundo listado de solicitantes requeridos para subsanar su solicitud, mientras que otros beneficiarios y excluidos disponen de plazos distintos durante las próximas semanas.
La Comunidad de Madrid publicó el 22 de septiembre el segundo listado de personas requeridas para subsanar, con un periodo abierto desde el día 23 hasta este martes 6 de octubre. Los afectados pueden consultar el detalle de su solicitud a través del apartado “Mis gestiones” de Cuenta Digital y aportar la documentación necesaria si el expediente indica que deben corregir o completar información.
El mismo 22 de septiembre se publicó la lista definitiva de beneficiarios correspondiente a la tercera fase. En este caso, el trámite abierto no termina este martes: las personas incluidas disponen desde el 23 de septiembre hasta el próximo 14 de octubre para aportar los documentos requeridos. Los formularios correspondientes están disponibles entre las acciones asociadas a la propia solicitud en la sede electrónica autonómica.
Existe además un tercer plazo para quienes aparecen en el primer listado definitivo de excluidos publicado en septiembre. Estas personas pueden presentar un recurso potestativo de reposición hasta el 22 de octubre contra la orden correspondiente. Antes de iniciar el trámite conviene comprobar el motivo de exclusión que figura en la documentación publicada por la Comunidad de Madrid y revisar el estado individual del expediente.
El Bono Alquiler Joven está dirigido a personas que tenían entre 18 y 35 años, ambos incluidos, en la fecha de solicitud y cumplen el resto de requisitos establecidos en la convocatoria. Los procedimientos ahora abiertos no constituyen una nueva convocatoria para solicitar la ayuda, sino distintas fases de tramitación de expedientes que ya habían sido presentados anteriormente.
La sede electrónica regional concentra los listados, resoluciones y acciones disponibles para cada expediente y ofrece también formularios para realizar determinados trámites presencialmente. El calendario obliga a comprobar qué actuación corresponde en cada caso, ya que el vencimiento del 6 de octubre no afecta a todos los solicitantes y los siguientes plazos relevantes terminan los días 14 y 22.










