El Pleno aprueba regular el acceso a dependencias municipales con el rostro cubierto, como niqab o burka

Pleno Alcala

En el debate sobre cómo se garantizan la identificación y la seguridad en la atención presencial, el Ayuntamiento ha dado un paso para fijar criterios comunes en sus propios edificios. El Pleno ordinario ha aprobado una moción que propone limitar el acceso a dependencias municipales cuando no sea posible identificar visualmente el rostro, una medida que el Gobierno local sitúa en el ámbito de la organización interna de los servicios.

La iniciativa salió adelante a propuesta de Vox y con el apoyo del Ejecutivo municipal encabezado por Judith Piquet (PP), según la información difundida por fuentes municipales. El texto se centra en los supuestos de ocultación integral o sustancial del rostro —mencionando ejemplos como el niqab o el burka— y plantea que, cuando resulte necesario comprobar la identidad, el acceso o la atención deberán permitir esa verificación visual.

El argumento principal del acuerdo se apoya en la operativa cotidiana de los trámites presenciales: desde gestiones con datos personales hasta procedimientos en los que se requiere acreditar identidad. En esa línea, el texto vincula la medida a la prevención de suplantaciones, la protección de datos y la seguridad tanto de quienes acuden a los servicios municipales como del personal que los presta.

El acuerdo aprobado evita referirse a una confesión concreta o a motivaciones culturales, y plantea una regla aplicable con independencia del origen o del significado de la prenda o elemento utilizado. A la vez, delimita el alcance: se aplicaría únicamente dentro de dependencias municipales y no se trasladaría a la calle, donde el Ayuntamiento no tiene competencias para imponer restricciones generales de vestimenta.

La moción contempla excepciones “debidamente acreditadas” por motivos médicos, de salud pública o por exigencias de seguridad laboral. Esta previsión pretende cubrir escenarios en los que la ocultación parcial del rostro pueda responder a razones asistenciales, preventivas o profesionales, y apunta a que la aplicación deberá ser compatible con esos supuestos.

En el plano jurídico, el acuerdo cita preceptos de la Constitución Española y de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local para encuadrar la medida en las potestades municipales de autoorganización, seguridad y gestión de instalaciones públicas. El Gobierno municipal sostiene que el objetivo es preservar la neutralidad administrativa y garantizar igualdad en el acceso y seguridad jurídica en los trámites presenciales.

El texto aprobado no entra aún en el detalle de cómo se ejecutará en cada servicio. Según las mismas fuentes, la norma deberá desarrollarse a través de un reglamento o una instrucción interna que redactarán los servicios jurídicos municipales, y la medida se señalizará en los accesos y dependencias para informar a la ciudadanía.

La aprobación de la moción se produce además en un contexto de debate político más amplio sobre el uso de prendas que cubren el rostro en espacios públicos y administrativos, con iniciativas similares planteadas en otros municipios. En Alcalá, el acuerdo abre ahora una fase técnica: concretar el procedimiento, sus garantías y su aplicación práctica en la atención municipal diaria.

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