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El Complutense > Sucesos > Un jurado declara culpable de asesinato al conductor de ambulancia del Hospital Príncipe de Asturias de Alcalá de Henares

Un jurado declara culpable de asesinato al conductor de ambulancia del Hospital Príncipe de Asturias de Alcalá de Henares

El Complutense por El Complutense
4 de diciembre de 2024
en Sucesos, Actualidad, Noticias
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culpable asesino ambulancia
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  • Un jurado popular ha declarado culpable de asesinato a Gonzalo R. I., conductor de ambulancias del Hospital Príncipe de Asturias de Alcalá de Henares, por la muerte del enfermero Sergio Luis G., ocurrida en 2021.
  • El veredicto considera las agravantes de alevosía y ensañamiento en el ataque, y descarta la eximente de trastorno mental transitorio solicitada por la defensa. La pena de prisión definitiva se confirmará en la sentencia.

Un jurado popular de la Audiencia Provincial de Madrid ha emitido el veredicto de culpabilidad para Gonzalo R. I., conductor de ambulancia acusado de asesinar a Sergio Luis G., enfermero del Hospital Príncipe de Asturias en Alcalá de Henares, el 6 de marzo de 2021. La decisión se ha basado en la apreciación de las agravantes de alevosía y ensañamiento, lo que descarta posibles atenuantes de trastorno mental transitorio planteadas por la defensa.

Los hechos se remontan al mediodía del 6 de marzo de 2021, cuando el acusado, vestido con su uniforme de conductor de ambulancias y fuera de su turno laboral, accedió al hospital y se dirigió a la sala de enfermería. Allí, armado con un cuchillo de 28 centímetros, atacó a Sergio Luis G., presuntamente motivado por celos hacia la relación profesional y personal que este mantenía con su expareja, también enfermera en el hospital. Durante el ataque, la víctima recibió un total de 27 puñaladas, que le causaron heridas fatales. Según los forenses, estas lesiones reflejan un acto de ensañamiento y demuestran la clara intención de Gonzalo R.I. de prolongar el sufrimiento de su víctima.

En el transcurso del juicio, el acusado reconoció haber atacado a Sergio Luis G., argumentando que había sufrido un arrebato debido a comentarios provocadores de la víctima. La defensa solicitó que se considerara una eximente completa o parcial por trastorno mental transitorio, alegando que el acusado actuó bajo una alteración emocional al oír a la víctima referirse de forma insultante hacia su familia. No obstante, el jurado ha concluido, basándose en los informes periciales, que Gonzalo R. I. conservaba sus capacidades cognitivas en el momento del ataque, rechazando así la eximente solicitada.

Por su parte, la Fiscalía solicitó una pena de 22 años de prisión, elevando su petición inicial al considerar las agravantes de alevosía y ensañamiento. La acusación particular, ejercida por los familiares de la víctima, reclama una condena de 25 años de cárcel para el acusado, así como indemnizaciones para los hijos menores, los padres y los hermanos del fallecido. También han solicitado una orden de alejamiento de 25 años entre el acusado y los familiares de Sergio Luis G., así como la prohibición de acceder al hospital durante el mismo periodo.

Las grabaciones de las cámaras de seguridad del hospital fueron clave en el juicio, ya que muestran cómo el acusado deambulaba por las instalaciones en busca de su objetivo, evidenciando una premeditación en sus actos. Además, varios testimonios señalaron el comportamiento controlado y premeditado del acusado, contradiciendo su defensa de un arrebato espontáneo.

Con este veredicto, el tribunal queda ahora a la espera de la redacción de la sentencia final, en la que se confirmarán los años de condena que deberá cumplir el acusado. Además, se deberá resolver si el proceso judicial sufrió dilaciones indebidas que pudieran justificar algún tipo de reducción en la pena.

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