- La nueva normativa afectará a centros de Infantil, Primaria, Educación Especial y aquellos autorizados para impartir la ESO.
- El proceso para modificar la jornada escolar será más flexible y requerirá menos respaldo.
La Comunidad de Madrid ha anunciado un cambio estructural en el horario lectivo de los centros públicos de enseñanza. A partir del curso 2025/2026, la jornada partida será la modalidad general en los colegios públicos de Educación Infantil, Primaria, Educación Especial y en aquellos centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria de forma autorizada. La medida, impulsada por el Gobierno regional, se enmarca en el proyecto de Decreto que regulará la jornada escolar y que en los próximos meses llegará al Consejo Escolar autonómico para su dictamen definitivo.
El Consejo de Gobierno ha conocido esta semana los principales puntos del texto, que ya ha superado el trámite de consulta pública. Según fuentes del Ejecutivo madrileño, el objetivo es «aumentar la capacidad de elección de las familias, facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, mejorar el rendimiento académico y adaptar los horarios escolares a las necesidades actuales».
El nuevo marco normativo contempla una organización diaria en dos tramos: una sesión por la mañana y otra por la tarde, con una pausa de dos horas entre ambas. No obstante, se permitirá que en septiembre y junio, meses tradicionalmente con menor carga lectiva, los centros puedan mantener la jornada continuada. Esta excepción también se extenderá a aquellos colegios que ya tengan aprobada dicha modalidad horaria antes de la entrada en vigor del Decreto, los cuales conservarán su modelo salvo que decidan modificarlo.
Uno de los aspectos más relevantes del texto es la simplificación del procedimiento para solicitar el cambio de jornada. Actualmente, esta iniciativa requiere el respaldo de dos tercios del Consejo Escolar, con mayoría absoluta de los representantes de padres y docentes. Con la nueva normativa, bastará con que un tercio de los miembros de este órgano –formado por familias, profesorado, personal no docente y representantes municipales– promueva la solicitud.
También se flexibilizan los requisitos en las votaciones familiares. Se mantendrán las vías presenciales, por correo y telemáticas, pero se eliminará la necesidad de alcanzar el respaldo de dos tercios del censo electoral del centro. En su lugar, se considerará válida la propuesta si obtiene mayoría simple entre los votos emitidos.
Este nuevo planteamiento responde, según la Comunidad de Madrid, al propósito de dotar de mayor agilidad a los procesos de participación y decisión en los centros educativos. A la espera del dictamen del Consejo Escolar, se prevé que el Decreto quede aprobado a lo largo de este año para su aplicación efectiva en el curso 2025/26.
