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El Complutense > Sociedad > La nueva Ley de Caza y Pesca ordenará los cotos, las licencias digitales y el control de fauna

La nueva Ley de Caza y Pesca ordenará los cotos, las licencias digitales y el control de fauna

El Complutense por El Complutense
21 de junio de 2026
en Sociedad
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Fuente: Comunidad de Madrid

Fuente: Comunidad de Madrid

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  • La norma unifica por primera vez la regulación autonómica de la caza y la pesca en la Comunidad de Madrid.
  • Incluye planes de control poblacional, nuevas distancias de seguridad, licencias digitales y multas de hasta 80.000 euros.

La caza y la pesca pasarán a tener un marco legal propio en la Comunidad de Madrid, con una regulación que afectará tanto a los terrenos cinegéticos como a los tramos fluviales y embalses donde se desarrolla la actividad piscícola. La nueva ley, aprobada por la Asamblea regional, nace con el objetivo de ordenar estas prácticas, reforzar la gestión medioambiental y dar más seguridad jurídica a un sector con peso en el medio rural.

El texto integra en una única norma los aspectos esenciales de la actividad cinegética y piscícola, hasta ahora regulados mediante disposiciones dispersas. Su aplicación tendrá efectos sobre agricultores, ganaderos, cazadores, pescadores, ayuntamientos y usuarios de espacios naturales, especialmente en aquellos municipios donde la presencia de especies sobreabundantes genera daños en cultivos, riesgos en carreteras o problemas de convivencia con el entorno urbano.

Una de las principales novedades será la creación de los Planes de Control Poblacional, pensados para actuar sobre especies como el jabalí o el conejo cuando su presencia provoque daños o desequilibrios fuera de los periodos ordinarios de captura. Esta herramienta estará dirigida especialmente a los ayuntamientos, que podrán contar con un mecanismo específico para gestionar situaciones de sobreabundancia de fauna con mayor cobertura legal.

La medida llega en un contexto en el que el crecimiento de determinadas especies ha obligado en los últimos años a activar actuaciones extraordinarias en distintas zonas de la región. En el caso del conejo, los daños en explotaciones agrícolas han sido una preocupación recurrente en áreas de cultivo, mientras que el aumento del jabalí ha generado avisos por su presencia en entornos periurbanos, carreteras y espacios naturales próximos a municipios.

En materia de pesca, la ley simplificará la clasificación de las aguas, que quedarán agrupadas en tres categorías: cotos, aguas en régimen especial y aguas privadas. Esta reorganización busca facilitar la gestión de los espacios donde se permite la actividad, con una atención específica a especies emblemáticas de los ecosistemas fluviales, como la trucha, y a otras habituales en embalses y tramos bajos de los ríos, como la carpa o el lucio.

La dimensión de estas actividades en la región explica parte del alcance de la norma. Actualmente, el 71% de la superficie madrileña está considerada terreno cinegético, lo que equivale a 572.254 hectáreas. En caza hay 45.044 licencias en vigor, mientras que en pesca existen 46.414 permisos activos y 34 tramos regulados que suman 347 kilómetros, algunos de ellos gestionados parcialmente con la colaboración de entidades locales.

Otro de los cambios será la digitalización progresiva del sector. La nueva regulación prevé la implantación de licencias digitales y procedimientos administrativos electrónicos, con el objetivo de simplificar trámites, mejorar el seguimiento de la actividad y facilitar la relación entre los usuarios y la administración.

La ley también actualizará el régimen sancionador. Las infracciones leves estarán castigadas con multas de entre 200 y 1.000 euros; las graves, con sanciones de entre 1.000 y 10.000 euros; y las muy graves, con importes que podrán ir de 10.000 a 80.000 euros.

En seguridad, la distancia mínima para la práctica cinegética respecto a núcleos de población pasará de 100 a 150 metros, manteniéndose el resto de limitaciones vigentes. Además, se fija por primera vez un tamaño mínimo general de 250 hectáreas para los cotos de caza, con independencia de la modalidad, aunque la caza menor podrá autorizarse desde 50 hectáreas cuando exista justificación técnica.

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