- La nueva orden, publicada en el BOE, incorpora nueve patologías más al cribado neonatal y añade la detección precoz de la preeclampsia.
- El programa de cáncer colorrectal amplía su población diana de 50 a 74 años y deberá implantarse de forma progresiva en toda España.
La cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud incorpora varios cambios en prevención y detección precoz. La orden publicada en el Boletín Oficial del Estado actualiza programas de cribado neonatal, prenatal y oncológico, además de introducir ajustes en vigilancia en salud pública, reproducción asistida y rehabilitación funcional.
Uno de los cambios principales afecta a la prueba del talón, que pasa a incluir 21 patologías detectables. El cribado neonatal suma nueve enfermedades más, entre ellas la inmunodeficiencia combinada grave y la adrenoleucodistrofia, con el objetivo de facilitar diagnósticos tempranos y una intervención más rápida en los primeros días de vida.
La orden incorpora además el cribado de preeclampsia en el primer trimestre del embarazo mediante un test combinado con marcadores bioquímicos, ecografía de arterias uterinas y medición de la tensión arterial. También garantiza la oferta universal de pruebas de sífilis, VIH, hepatitis B y estreptococo del grupo B en embarazadas, y prevé otras como hepatitis C, Chagas o Zika según los grupos de riesgo.
En ese mismo ámbito, se estandariza el uso del test de ADN fetal libre en sangre materna como prueba de segunda línea ante riesgo elevado de trisomías 21, 18 y 13. La finalidad es homogeneizar criterios en el sistema público y reforzar la detección precoz durante el seguimiento del embarazo.
Otro de los cambios destacados es la ampliación del cribado de cáncer colorrectal hasta los 74 años. La población diana pasa a situarse entre los 50 y los 74 años, con una implantación progresiva por parte de las comunidades autónomas. La extensión de la cobertura responde al peso de este tumor en edades avanzadas y a las recomendaciones de detección precoz.
La norma también modifica el acceso a la fecundación in vitro con ovocitos donados en casos de fallo ovárico prematuro. Elimina la restricción específica de 36 años para este supuesto y unifica el límite en 40 años, igualándolo al resto de situaciones recogidas en la cartera común.
Junto a ello, se incorporan dos vocalías de federaciones de pacientes al Comité Asesor en el Área de Genética y se actualiza la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública para dotarla de respuesta permanente ante brotes y emergencias. El sistema amplía además su seguimiento a factores como la salud mental, las adicciones, el impacto ambiental o los determinantes sociales.
La orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Las comunidades autónomas tendrán un año para implantar los nuevos cribados neonatales, dos años para el de preeclampsia y hasta diez años para completar la ampliación del cribado de cáncer colorrectal. La reforma refuerza así el peso de los cribados y de la prevención dentro del sistema público de salud.










